CURP Temporal para Personas Mexicanas Repatriadas

CURP Temporal para Personas Mexicanas Repatriadas

Para seguir avanzando en garantizar el derecho a la identidad de todas las personas sin distinción, en condiciones plenas de igualdad y no discriminación, el Gobierno de México como parte de los trabajos que se realizan en la Mesa Interinstitucional de Atención Integral a Familias Mexicanas Repatriadas y en Retorno dio inicio el pasado 19 de octubre de 2021, a los trabajos para:

  1. Entregar a las personas mexicanas repatriadas que cuentan con registro en las bases de datos de RENAPO, su Acta de Nacimiento y su CURP, impresas en papel bond, para que puedan acreditar su identidad jurídica de manera inmediata ante cualquier autoridad mexicana y ante los sectores privado y financiero.
  2. Expedir una CURP temporal con fotografía a las personas mexicanas repatriadas que no cuenten con un registro de nacimiento localizado en las bases de datos de RENAPO y no cuenten con CURP.

Este programa tiene como objetivos:

  1. Que la expedición de la CURP Temporal funja como documento de registro y sirva para identificar a las personas mexicanas repatriadas de manera individual, en términos de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley General de Población.
  2. Otorgar a las personas mexicanas repatriadas un documento de registro que les permita al ingresar al país garantizar su derecho a la identidad y ejercer con ello, su derecho a la salud, a la educación, al trabajo, a la movilidad, a recibir servicios básicos, etc.
  3. Que las autoridades de los tres órdenes de gobierno, así como de las instituciones y organismos de los sectores privado y financiero, acepten plenamente esta constancia temporal de CURP para acreditar que una persona cuenta con un registro ante RENAPO y con un documento que lo acredita y les permita identificarse ante éstos.

Para llevar a cabo lo anterior, RENAPO modificó el Instructivo Normativo para la Asignación de la CURP publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 18 de octubre de 2021. Asimismo, se realizó la interoperabilidad entre los sistemas del INM y de RENAPO para la asignación de la CURP Temporal.

Se capacitó a todos los operadores en los 17 puntos de repatriación y a los Registros Civiles del país y se coordinaron todas las acciones en conjunto con el Instituto de los Mexicanos en el Exterior para que este proyecto facilité la reinserción a la vida laboral, social, económica, educativa, cultural y familiar de todas las personas repatriadas.

Con estas acciones afirmativas, el Gobierno de México refrenda su compromiso de no dejar a nadie atrás, de atender a todas las personas mexicanas sin distinción y a garantizarles un derecho humano fundamental, conocido como el derecho llave para el acceso a otros derechos: el derecho a la identidad.

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